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2.2. La Constitución de 1978

Aunque las elecciones de 1977 no se habían planteado como unas elecciones constituyentes, todos los partidos coincidían en que la primera tarea debía consistir en elaborar una Constitución que delimitara los derechos y deberes de los españoles. Se planteaba hacerlo de manera consensuada entre todos los partidos representados en las Cortes.

La elaboración de la Constitución no fue una tarea fácil y para fomentar el espíritu de consenso y reconciliación, las Cortes aprobaron una ley de amnistía en 1978.

El texto constitucional definitivo  fue ratificado por el pueblo español mediante un referéndum el 6 de diciembre de 1978.

La Constitución de 1978 consta de un preámbulo, once títulos y 169 artículos, más cuatro disposiciones adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final. Es un texto largo que intenta abarcar todos los aspectos de la organización del Estado. Aunque tiene un aire progresista, todos los grupos pueden asumir su desarrollo legislativo.

España se define como un Estado social y democrático de derecho donde la soberanía reside en el pueblo y la forma de Estado es una monarquía parlamentaria y se regula la separación y la independencia de los tres poderes.

Se declara la indisolubilidad de España y se reconoce el derecho a la autonomía. Eel estado se declara no confesional. También se establece un Tribunal Constitucional y un Defensor del Pueblo, para garantizar los derechos de la ciudadanía.

También plantea los principios rectores de la política social y económica reconociendo el derecho a la propiedad privada y la libertad de mercado.

La Constitución española de 1978
Fuente: https://youtu.be/NmZ98xOYyag

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