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4.1. Autoritarismo monárquico y polisinodia

El sistema político del siglo XVI hereda la  unión personal y dinástica de los reinos con la desigualdad en el tratamiento a las dos coronas.

Las instituciones de gobierno creadas por los Reyes Católicos se consolidan y en algunos casos se amplían:

  El sistema político basado en consejos de carácter consultivo se convierte en un sistema polisinodial.

Carlos V crea el Consejo de Estado que centraliza todos los asuntos. Los secretarios de los consejos son ejecutores de la política real.

Los territorios están representados por el Consejo de Aragón, y posteriormente por los de Indias, Italia, Flandes y Portugal. El Consejo de Castilla, antiguo Consejo Real, actúa, además, como tribunal supremo de justicia. Los aspectos técnicos de la administración del Estado quedan en manos de los Consejos de la Inquisición (sigue siendo el único que puede actuar en todos los reinos), de Órdenes Militares, de Hacienda o de Guerra.

Los virreyes representan al rey en los reinos en los que no reside el monarca.

   La representación popular se encuentra en las Cortes.

Los municipios se rigen de la misma manera desde la época de los Reyes Católicos. Los que están sometidos a la jurisdicción real mantienen y los sometidos a la jurisdicción señorial siguen leyes semejantes a las de aquellos.

   La Administración de Justicia se mantiene en las Audiencias, que se multiplican con los reinos.

Modelo político de los austrias
Fuente: http://es.slideshare.net/mariamontojo/cuestiones-14620046

Van pasando los días y los dos titiriteros siguen en prisión sin fianza, así que ya no tiene mucho sentido hablar de si el espectáculo era apropiado para niños o no, porque ahora se trata de algo muchísimo más importante: de la decisión de un juez de meter y de mantener en prisión a dos ciudadanos sin que parezca que exista causa razonable para ello. Ya se sabe que los jueces interpretan la ley y es razonable que así sea, pero una cosa es interpretarla y otra, retorcerla. Meter a alguien en la cárcel es algo muy serio, grave, no una minucia que se justifique fácilmente. En absoluto. Y el día en el que eso parezca normal, nos encontraremos en una situación realmente peligrosa para todos los ciudadanos.

Varias decenas de juristas han recordado estos días que las causas de la prisión preventiva son tres: evitar destrucción de pruebas, evitar que se continúe cometiendo el presunto delito e impedir la fuga del investigado. Hasta la mente más excitada debería reconocer que en este caso no se pueden destruir las pruebas (existe un vídeo del espectáculo, distribuido el mismo día por una revista digital que se llama CTXT). Los dos titiriteros andaluces tienen raíces familiares indiscutibles y sería absurdo que se fugaran y es bastante necio pensar que alguien va a contratarles para volver a montar el espectáculo mientras pende sobre ellos una denuncia.

Así que hay que volver sobre el asunto fundamental. ¿Cuándo y cómo se puede meter en España a un ciudadano en la cárcel? Eso son palabras mayores. Mucho más serias que las sátiras idiotas de un guiñol. El guiñol es ficción. La cárcel, no.

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