Marco legal
¿Quién crees que tiene la obligación de socorrer? ¿Si no ayudas a alguien que lo necesita tendrías consecuencias legales?
Todos tenemos la obligación ética de socorrer. El Código Penal castiga a aquellas personas que no socorren a los demás. La omisión del deber de socorro está recogida en el Código Penal en el artículo 195. |
1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
2. En las mismas penas incurrirá el que,
impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno. |
Para saber más
Si quieres conocer otras normativas que regulan la obligación de auxiliar en accidentes de tráfico, entra en el siguiente enlace.
¿Qué debes hacer si la víctima desconfía de tí y prefiere esperar a que lleguen los profesionales? Antes de iniciar nuestra actuación de primeros auxilios con una víctima, debemos pedir el consentimiento de la persona. Los requisitos legales para declinar la asistencia son dos: - La persona lesionada debe ser mayor de edad. - Estar en plena posesión de sus facultades mentales. Para evitar implicaciones posteriores del socorrista, en estos casos, la víctima debe hacer esta declaración en presencia de testigos o incluso dejando constancia por escrito.
En alguna ocasión te has podido preguntar, ¿qué me puede ocurrir si al atender a una persona agravo las lesiones que padece?
Lo que la ley y la ética piden a los ciudadanos es que ayuden a quien lo necesita, tan bien como sepa y pueda, con los conocimientos y los medios que tenga a su alcance. Puedes tener una responsabilidad legal en tu actuación en primeros auxilios cuando, o bien causes un mal con intención de hacerlo o bien causes un mal sin intención, pero tomando decisiones muy equivocadas de acuerdo con tus capacidades. Ejemplo: Movilizar de forma inadecuada a una víctima con posible lesión medular (accidentes de tráfico y otras situaciones con traumatismo de la columna vertebral) sin existir peligro real para su vida. |